V I S T O:
El
Expediente Nº CD-104-B-2010; y
CONSIDERANDO:
Que en declaraciones a la prensa y en forma verbal
ante algunos concejales de la comisión de ecología de este Cuerpo Legislativo,
el Ing. Hurtado, Subsecretario de Gestión Urbana y Ambiental de la ciudad de
Neuquén, informó que la estructura para antena que se está construyendo en el
margen norte del Parque Norte de está ciudad no posee autorización por parte
del municipio.-
Que así mismo
en el diario Río Negro se publicó que la estructura la estaría construyendo la
CTA para una señal televisiva que estaría por sacar al aire.-
Que en virtud
de los trabajos que se están llevando adelante se ha generado gran preocupación
y malestar de los vecinos de la ciudad, tanto de los que residen en zonas
aledañas al parque, como de aquellos que disfrutan del mismo.-
Que el parque
norte constituye un gran pulmón verde de la ciudad de Neuquén, con enorme
atractivo paisajístico, siendo recorrido semanalmente por miles de neuquinos y
visitantes que realizan allí caminatas y actividades recreativas de todo tipo.-
Que por parte
del Concejo Deliberante se han realizado diversos proyectos tanto de Ordenanza
como de Comunicación tendientes a preservar y recuperar el Parque Norte,
habiéndose denunciado en muchas oportunidades la falta de riego, mantenimiento
y cuidado de dicho lugar emblemático de nuestra ciudad.-
Que debería
ser objetivo de nuestra ciudad la preservación y cuidado del Parque Norte,
evitando la destrucción y pérdida de este gran pulmón verde, preservándolo para
las futuras generaciones.-
Que el
Artículo 49º) de la Carta Orgánica Municipal declara área de preservación al
sector de bardas no urbanizados. Que así mismo la Ordenanza Nº 10114 establece
que el Órgano Ejecutivo Municipal arbitrará los medios necesarios para realizar
la correspondiente señalización del bosque parque regional bardas norte, lo
cual no se ha hecho a la fecha.-
Que del mismo
modo la Ordenanza Nº 9640 estableció la creación de la “Unidad de gestión
Territorial Parque Regional Bardas Norte” para el desarrollo creativo,
paisajístico y turístico, la cual no sido cumplida a la fecha por el Órgano
Ejecutivo Municipal.
Que la
construcción allí de una nueva estructura de antena impactará negativamente en
este lugar, generando tala de árboles, contaminación visual, y perdida de
potencial turístico del lugar, así como abrirá las puertas a nuevos pedidos de
instalación por parte de otras empresas, lo que a la larga convertirá el parque
en un bosque de acero y cemento.-
Que es deber
del Ejecutivo Municipal realizar una planificación urbana que establezca zonas
que son de interés público preservan intangibles o con el mínimo impacto
ambiental posible, siendo el Parque Norte un lugar a preservar y proteger.-
Que de
acuerdo a lo estipulado en el Artículo 165º) del Reglamento Interno del Concejo
Deliberante, el Despacho Nº 010/2010 emitido por la Comisión Interna de Ecología
y Medio Ambiente fue anunciado en la
Sesión Ordinaria Nº 11/2010, el día 01 de julio y aprobado por mayoría en la
Sesión Ordinaria Nº 12/2010, celebrada por el Cuerpo el 08 de julio del
corriente año.-
Por
ello y en virtud a lo establecido por el Artículo 67°), inciso 1), de la Carta
Orgánica Municipal,
SANCIONA LA SIGUIENTE
ARTÍCULO 1º): PROHÍBASE la localización de nuevas instalaciones, ---------------------------construcciones,
infraestructura y equipos descriptos y reglamentados por
ARTÍCULO 2º): El Órgano Ejecutivo Municipal deberá elevar al
Concejo -------------------------Deliberante,
en un plazo de 180 (CIENTO OCHENTA) días desde la promulgación de la presente
ordenanza, un análisis de factibilidad y proyecto de creación de una zona
destinada a la instalación de estructuras para la prestación de servicios de
telecomunicaciones.-
ARTÍCULO 3º): COMUNIQUESE AL ÓRGANO EJECUTIVO MUNICIPAL.-
DADA EN LA
SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE NEUQUEN; A LOS OCHO
(08) DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIEZ (Expediente Nº CD-104-B-2010).-
ES COPIA:
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FDO: BURGOS
PALLADINO