V I S T O :
El Expediente Nº OE-6243-S-2010; y
CONSIDERANDO:
Que
por Ordenanza Nº 8720 se autorizó al Órgano Ejecutivo Municipal a otorgar
Permiso de Uso y Ocupación Precario por el término de diez (10) años a favor de
Que
conforme lo dispuesto en
Que
Que
Que la Comisión Interna de Obras Públicas y Urbanismo emitió su Despacho Nº 071/2010, dictaminando aprobar el proyecto de Ordenanza que se adjunta, el cual fue tratado sobre Tablas y aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria Nº 015/2010, celebrada por el Cuerpo el 02 de septiembre del corriente año.-
Por ello y en
virtud a lo establecido por el Artículo 67º), inciso 1), de
SANCIONA
ARTÍCULO 1º): AUTORIZASE al Órgano Ejecutivo Municipal a otorgar Permiso de -----------------------Uso
y Ocupación Gratuita por 20 (veinte) años a favor de
ARTÍCULO 2º): AUTORIZASE al Órgano Ejecutivo Municipal a suscribir el -------------------------correspondiente Convenio de Permiso de Uso y Ocupación Gratuita.-
ARTÍCULO 3º): La
permisionaria deberá cumplir con las siguientes obligaciones:
a) Destinar la fracción para uso exclusivo para el que fuera solicitado, no pudiendo dar otro destino que no sea el que se autoriza por la presente.-
b)
Mantener el inmueble en perfecto estado de
conservación debiendo poner en conocimiento a
c) Será de su exclusiva cuenta los gastos derivados del mejoramiento de la infraestructura, forestación, agua corriente, luz, gas, como así también el pago de los impuestos, tasas y/o contribuciones que pudieran gravar el inmueble, sean estos Nacionales, Provinciales o Municipales, a partir de la firma del correspondiente Convenio.-
ARTÍCULO 4º): Vencido el
plazo otorgado y habiendo cumplimentado las
-------------------------obligaciones derivadas de la presente
ARTÍCULO 5º): El Permiso de
Uso y Ocupación Gratuita que aquí se otorga es de
-----------------------carácter intransferible.-
ARTÍCULO 6º): El
incumplimiento de cualquiera de las obligaciones emergentes
-----------------------del presente Convenio, dará lugar a la revocación
inmediata de pleno derecho, sin necesidad de intimación previa, quedando las
mejoras efectuadas a favor de
ARTÍCULO 7º): DEROGASE
ARTÍCULO 8º):
COMUNIQUESE AL ÓRGANO EJECUTIVO MUNICIPAL.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE
NEUQUEN; A LOS DOS (02) DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIEZ
(Expediente Nº OE-6243-S-2010).-
ES COPIA:
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FDO: BURGOS
PALLADINO