ORDENANZA N° 12027.-
V I S T O:
El
Libro IIIº de
CONSIDERANDO:
Que
el procedimiento contravencional aplicable en nuestra Ciudad, se encuentra
normado en el Libro IIIº de
Que
Que
dentro del análisis realizado por
Que
atento a ello,
Que a fin de mantener en el tiempo la ventaja de contar con un texto consolidado de la normativa en cuestión, se estipula la obligatoriedad de que anualmente, al inicio de cada período ordinario de sesiones, el Concejo Deliberante a través de Secretaría Legislativa consolide dicho texto y sus modificatorias si las hubiere.-
Que de acuerdo a lo estipulado en el artículo
165º) del Reglamento Interno del Concejo Deliberante, el Despacho Nº 034/2010
emitido por
Por
ello y en virtud a lo establecido en el artículo 67º), inciso 1) de
EL CONCEJO DELIBERANTE DE
SANCIONA
ORDENANZA
ARTICULO 1º): APRUÉBASE el CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CONTRAVENCIONAL de
ARTICULO 2°): El Código de Procedimiento Contravencional
entrará en vigencia a partir del 15 de Febrero del año 2011.
ARTICULO 3º): El Órgano Ejecutivo Municipal efectuará–previo a
su publicación una amplia difusión del
mismo para el perfecto conocimiento de la población.-
ARTÍCULO 4º): COMUNIQUESE AL ORGANO EJECUTIVIO MUNICIPAL
DADA EN