ORDENANZA Nº 12810.-

 

V I S T O:

 

                                   El Expediente Nº CD-026-M-2013; y,

 

CONSIDERANDO:

 

                                   Que al sancionarse la ley de matrimonio igualitario se posibilitó a que las personas del mismo sexo puedan casarse en nuestro país, por lo que a partir de ese día las personas homosexuales pasaron a tener los mismos derechos que las personas heterosexuales. Razón por la cual desde dicha aprobación el 15 de julio se celebra el día de la igualdad en Argentina.-

 

                                   Que a pesar de los grandes avances legales que hemos obtenido en nuestro país, el respeto a la pluralidad, en todas sus formas, todavía no es una realidad. La discriminación fundada en la orientación sexual y/o la identidad de género, compromete la igualdad de derechos y oportunidades, como así también la dignidad de un elevado porcentaje de ciudadanos y ciudadanas, quienes son excluidos, relegados y hasta violentados, sólo por ejercer su derecho a la libre determinación sexual. Es menester tener en cuenta que quienes ejercen libremente su condición sexual padecen violencias de todo tipo, siendo excluías de los diversos espacios sociales, sumiéndolas en la vergüenza, la soledad y el silenciamiento.-

 

                                   Que las creencias sociales que troquelan la organización de la vida colectiva estigmatizan lo distinto, lo que se aleja de la norma. Y como la norma es la relación heterosexual, las personas con una orientación sexual e identidad de género diferente lo suelen reprimir, esconder o incluso, negar hasta el punto de casarse y tratar de vivir como heterosexuales. Son pocas las personas que asumen abiertamente su deseo distinto. Sin embargo, el orden simbólico no es inamovible, se ha ido transformando con el tiempo, y lo seguirá haciendo.-

 

                                   Que en Argentina y por decisión del Gobierno Nacional que conduce la presidenta de todos los argentinos, doctora Cristina Fernández de Kirchner, se promulgó la Ley Nacional Nº 26.618 de matrimonio igualitario, que permite entre otras cosas el acceso al derecho de contraer matrimonio a personas del mismo sexo, el acceso a una cobertura médica, la seguridad social y pensión por fallecimiento del cónyuge. A pesar de que en nuestro país la reciente aprobación de esta ley crea un marco jurídico que permite el acceso a los derechos básicos esenciales, tanto civiles, sociales y políticos a parejas del mismo sexo, continúan existiendo barreras institucionales y en especial sociales, producto de una construcción sociocultural histórica que impide el logro de los mismos, teniendo incluso que apelar a recursos legales para poder hacer uso de esas garantías que expresa la ley.-

 

                                   Que en este sentido consideramos de vital importancia la declaración de una fecha especial para conmemorar el “Día de la Igualdad”, siendo el 15 de julio un día representativo ya que en esa fecha fue aprobada en el Congreso de la Nación la Ley Nacional Nº 26.618 de matrimonio igualitario.-

 

 

 

 

                                   Que contar con el “Día de la Igualdad” en el calendario municipal favorecerá la generación de actividades socio-comunitarias, de las que se podrán apropiar todas las organizaciones e instituciones del Estado a fin de promover la igualdad en el trato entre las personas, independientemente de su orientación sexual e identidad de género, todo ello conducente a la construcción de una sociedad más plural e igualitaria.-

 

                                   Que de acuerdo a lo estipulado en el Artículo 165º) del Reglamento Interno del Concejo Deliberante, el Despacho Nº 039/2013 emitido por la Comisión Interna de Acción Social fue anunciado en la Sesión Ordinaria Nº 14/2013 del día 29 de agosto y aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria Nº 15/2013 celebrada por el Cuerpo el 05 de septiembre del corriente año.-

 

                                   Por ello y en virtud a lo establecido por el Artículo 67º), Inciso 1), de la Carta Orgánica Municipal,

 

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE NEUQUEN

SANCIONA LA SIGUIENTE

O R D E N A N Z A

 

ARTÍCULO 1º): INSTITUYASE el 15 de julio de cada año como "Día de la Igualdad".-

 

ARTÍCULO 2º): El Órgano Ejecutivo Municipal realizará durante el mes de julio de cada año una campaña de difusión y promoción de las legislaciones internacionales, nacionales, provinciales y municipales que reconocen, garantizan y protegen el derecho a la igualdad, a favor de la eliminación de todas las formas de intolerancia y discriminación fundadas en la condición sexual y/o la identidad de género de las personas.-

 

ARTÍCULO 3º): COMUNIQUESE AL ORGANO EJECUTIVO MUNICIPAL.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE NEUQUEN; A LOS CINCO (05) DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL TRECE (Expediente Nº CD-026-M-2013).-

 

ES COPIA                                                                                    FDO: CONTARDI

 mv                                                                                                         SPINA