V I S T
O:
El Expediente
Nº OE-5992-M-2014 del Órgano
Ejecutivo Municipal que contiene el Cálculo de Recursos, el Presupuesto General
de Gastos y el Plan Anual de Obras y Servicios Públicos para el Ejercicio
Financiero 2015; y,
CONSIDERANDO:
Que el Órgano
Ejecutivo Municipal procedió a remitir a este Concejo Deliberante el Proyecto
de Presupuesto para el Ejercicio Financiero 2015.-
Que el total
del Cálculo de Recursos y Fuentes de Financiamiento asciende a pesos un mil ochocientos
setenta y cinco millones quinientos mil ($1.875.500.000) siendo el total de
Erogaciones y Aplicaciones Financieras del Presupuesto General de Gastos de pesos
un mil ochocientos setenta y cinco millones quinientos mil ($1.875.500.000).-
Que por ello
el presupuesto presentado resulta equilibrado.-
Que el
presente proyecto de norma se ajusta a la actual situación económica del país,
permitiendo un mejor funcionamiento operativo respetando la aplicación de los
principios generales de economía, eficacia y eficiencia.-
Que en
cumplimiento de lo establecido en el Artículo 85º), Inciso 9), de
Que
de acuerdo a lo estipulado en el Artículo 165º) del Reglamento Interno del
Concejo Deliberante, el Despacho Nº 027/2014 emitido por
Por ello y en
virtud a lo establecido por el Artículo 67º), Inciso 1), de
SANCIONA
ARTICULO 1°): ESTIMASE en la suma de pesos un mil setecientos
noventa y nueve millones trescientos sesenta y cuatro mil ($1.799.364.000) el
Cálculo de Recursos de
RECURSOS
CORRIENTES 1,574,825,000
RECURSOS DE
CAPITAL 224,539,000
TOTAL: 1,799,364,000
ARTICULO 2°): FIJASE en la suma de pesos un mil setecientos
noventa y cuatro millones cuatrocientos noventa y tres mil setecientos noventa ($1.794.493.790)
los Gastos Corrientes y de Capital del Presupuesto de
EROGACIONES
CORRIENTES 1,365,237,070
EROGACIONES DE
CAPITAL 429,256,720
TOTAL: 1,794,493,790
ARTICULO 3°): Como consecuencia de lo establecido en los
artículos precedentes, estimase el siguiente balance financiero preventivo:
RECURSOS 1,799,364,000
EROGACIONES 1,794,493,790
RESULTADO
FINANCIERO 4,870,210
ARTICULO 4°): FIJASE en la suma de pesos ochenta y un millones
seis mil doscientos diez ($81.006.210) las Aplicaciones Financieras del
Presupuesto de
ARTICULO 5°): ESTIMASE en la suma de pesos setenta y seis
millones ciento treinta y seis mil ($76.136.000) las Fuentes Financieras del
Presupuesto de
ARTICULO 6°): Como consecuencia de lo establecido en los Artículos
1º) y 2º), el resultado financiero estimado establecido en el Artículo 3º),
deducidas las aplicaciones financieras aprobadas en el Artículo 4º), será
atendido con las Fuentes de Financiamiento indicadas en el Artículo 5º), con lo
cual el presupuesto que aprueba la presente Ordenanza resulta equilibrado en la
suma de pesos un mil ochocientos setenta y cinco millones quinientos mil ($1.875.500.000)
INGRESOS 1,799,364,000
FUENTES DE
FINANCIAMIENTO 76,136,000 1,875,500,000
EROGACIONES 1,794,493,790
APLICACIONES
FINANCIERAS 81,006,210 1,875,500,000
ARTICULO 7°): DETALLASE en la planilla anexa al presente artículo,
las Cuentas de Ahorro, Inversión, Financiamiento y sus resultados conforme se
indica en el Anexo III adjunto, que forma parte de la presente Ordenanza.-
ARTICULO 8°): FACULTASE al Órgano Ejecutivo Municipal a disponer
las reestructuraciones y modificaciones del monto autorizado a gastar, no
pudiendo reestructurar cada actividad/obra, por más de Pesos Tres millones ($
3.000.000).-
ARTICULO 9º): AUTORIZASE al Órgano Ejecutivo Municipal a
incrementar el Presupuesto General incorporando las partidas específicas
necesarias o incrementando las ya previstas, cuando exista una mayor ejecución
de recursos con respecto al calculo original de los mismos que permitan
re-estimar objetivamente dichos ingresos, evidenciando una mayor proyección
anual, o cuando deba realizar erogaciones originadas por aportes, adhesión a
Leyes, por Ordenanzas, por Decretos, por acuerdos y/o convenios con vigencia en
el ámbito municipal y hasta los montos que como aportes de recursos ellos
prevean.-
ARTICULO 10º): El Concejo Deliberante deberá tratar en
Sesión Ordinaria o Especial, dentro de los diez días hábiles de haber tomado
estado parlamentario, los proyectos de ordenanza de reestructuraciones y/o
modificaciones del presupuesto elevados por el Órgano Ejecutivo Municipal.-
ARTICULO 11º): El Órgano Ejecutivo deberá comunicar al
Concejo Deliberante cualquier modificación que se produzca en el presupuesto
aprobado, por aplicación de lo dispuesto en los Artículos 8º), 9º) y 10º) de la
presente Ordenanza.-
ARTICULO 12º): FIJASE el número de cargos de personal en
2976, que incluyen 34 agentes con discapacidad; tal lo dispuesto en el Artículo
4º) de
ARTICULO 13º): AUTORIZASE al Órgano Ejecutivo a la
contratación de personal de temporada para la realización de las Actividades
Balnearios Municipales, Colonia verano-invierno y Operativo Seguridad Balneario.
En ningún caso el total de dicho personal podrá superar la cantidad de 360
agentes.-
ARTICULO 14º): El Órgano Ejecutivo y Concejo Deliberante
podrán, sobre la planta que de cada uno de ellos depende, efectuar
transferencias de cargos con la sola limitación de no alterar -en conjunto- los
totales fijados en el Artículo 12º), pudiendo modificarse la calidad de los
mismos.-
ARTICULO 15º): ESTABLECESE que la vigencia del presente
Presupuesto será a partir del primero de enero del 2015.
ARTICULO 16°): COMUNIQUESE AL ORGANO EJECUTIVO MUNICIPAL.-
DADA EN
ES COPIA FDO.:
SCHLERETH mv
LERTORA