ORDENANZA N° 13191.-

 

V I S T O:

 

                                   El Expediente N° CD-009-C-2015; y,

 

CONSIDERANDO:

 

                                   Que se eleva a consideración y aprobación de este Cuerpo, el acuerdo de cesión suscripto ad referéndum, con la Cooperativa de Vivienda y Consumo 8 de Marzo Ltda., representada, en su carácter de presidente y tesorera, respectivamente, los señores, Luís Alberto Palacio, D.N.I. Nº 7.361.366 y  María Elisa Pérez Espinosa, D.N.I. Nº 92.459.972, con domicilio en calle Alonso Nº 4031 de la ciudad de Neuquén, Provincia del mismo nombre, en el carácter de titulares dominiales del inmueble Matricula 12.648 y Nomenclatura Catastral Nº 09-20-093-4836-0000, todo ello en el marco de la obligatoriedad de cesión parcelaria con destino al Master Plan, previsto en la Ordenanza Nº 10010 y su modificatoria, Artículo 4º) de la Ordenanza Nº 12982.-

 

                                   Que el emprendimiento cumple con las normas específicas Usos y Ocupación del Suelo para la Zona 135 caracterizada en la Ordenanza Nº 10010 como residencial y agraria denominándose la zona “Parque Residencial agrario”.

 

                                   Que Cordineu S.E. convocó al fundista a fin de dar inicio al procedimiento especial de Acción Concertada con el objeto de instrumentar la cesión a favor del Municipio de la Ciudad de Neuquén respecto del 25% (veinticinco) de la superficie del terreno del proyecto urbanístico de su titularidad comprendido y ubicado dentro de la Zona de Gestión Especial sobre calles El Chocón y Los Álamos.-

 

                                   Que mediante la metodología de “Acción Concertada” se ha arribado al acuerdo mencionado en el que intervinieron diversos actores, aportando recomendaciones y comentarios respecto de la metodología de cálculo precisa para establecer una alternativa de cesión de tierras que permita  determinar en cada caso en particular, la cantidad de lotes a incluir en la cesión.-

 

                                   Que en consecuencia, los propietarios deberán ceder a Cordineu, una fracción cuya superficie es de 12.732,80 m2, de la superficie total del inmueble que es de 50.928,96 m2, constituida por una fracción que se efectivizará sobre el lote RC (Reserva Cordineu), en un todo de acuerdo al plano y al balance de cesiones, y como pago de la transferencia establecida en el Artículo 21º) de la Ordenanza Nº 10010, y según Acta Acuerdo de cesión firmada el día 3 de noviembre del año 2014.-

 

                                   Que de acuerdo a lo estipulado en el Artículo 165º) del Reglamento Interno del Concejo Deliberante, el Despacho Nº 009/2015, emitido por la Comisión Interna de Obras Públicas y Urbanismo fue anunciado en la Sesión Ordinaria Nº 004/2015, el día 26 de marzo y aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria Nº 005/2015, celebrada por el Cuerpo el 16 de abril del corriente año.-

 

 

 

                                   Por ello y en virtud a lo establecido por el Artículo 67°), Inciso 1), de la Carta Orgánica Municipal,

 

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE NEUQUEN

SANCIONA LA SIGUIENTE

O R D E N A N Z A

           

ARTICULO 1º): HOMOLOGASE el Acuerdo de Cesión de terrenos efectuada con intervención de Cordineu S.E. y la Cooperativa de Vivienda y Consumo 8 de Marzo Ltda, por el que ceden el equivalente del 25% de la superficie total del lote de su propiedad, identificado mediante Matrícula Nº 12648-Confluencia y Nomenclatura Catastral Nº 09-20-093-4836–0000; con una superficie de 50.928,96 m2,, ubicado sobre calles El Chocòn y Los Alamos, cediendo una superficie total de 12.732,80 m2,  a favor de la Municipalidad de Neuquén, el que se efectivizará sobre el lote RC, en un todo de acuerdo al Acta Acuerdo de Cesión, que como ANEXO I, forma parte de la presente Ordenanza.-

 

ARTICULO 2º): APRUEBASE el Plano de Mensura con visado de calidad urbanística dictaminado por Cordineu S.E., con demarcación de la fracción, objeto de cesión que, como ANEXO II, forma parte de la presente Ordenanza.-

 

ARTICULO 3º): COMUNIQUESE AL ORGANO EJECUTIVO MUNICIPAL.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE NEUQUEN; A LOS DIECISEIS (16) DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL QUINCE (Expediente N° CD-009-C-2015).-

 

ES COPIA                                                                                FDO: HASPERT

am                                                                                                     LERTORA