ORDENANZA Nº 13515.-

 

V I S T O:

 

                                   El Expediente Nº OE-1628-M-2016; y,

 

CONSIDERANDO:

 

                                   Que en el marco de la Cumbre sobre el Cambio Climático desarrollada en Paris, cuyo principal objetivo es el compromiso vinculante internacional, incluidas las grandes potencias para la reducción de los gases del efecto invernadero, se pretende limitar el aumento de la temperatura global en menos de 2ºC.-

 

                                   Que en este contexto los países asumen el compromiso de formular, aplicar, publicar y actualizar regularmente programas nacionales y regionales que contengan medidas orientadas a mitigar el cambio climático, promover y apoyar con su cooperación el desarrollo, la aplicación y la difusión de tecnologías, prácticas y procesos que controlen, reduzcan o prevengan las emisiones de gases de efecto invernadero.-

 

                                   Que los edificios son responsables aproximadamente del 36% del uso total de la energía, del 65% del consumo de electricidad, del 30% de las emisiones de Gases Efecto Invernadero, del 30% del uso de materias primas, del 30% de los residuos, del 12% del uso del agua potable.-

 

                                   Que la Provincia del Neuquén mediante Ley Provincial Nº 2596 adhiere a la Ley Nacional Nº 26190 y su modificatoria, Ley Nº 27191 - Energía Eléctrica- Régimen de Fomento Nacional para el uso de Fuentes Renovables de Energía Destinada a la Producción de Energía Eléctrica.-

 

                                   Que por Ordenanza Nº 12686 el Municipio de la ciudad de Neuquén adhiere a la Ley Provincial Nº 2596.-

 

                                   Que la Ordenanza Nº 13169 establece que el Órgano Ejecutivo Municipal promoverá la instalación de  equipos auto generadores de energías renovables.-

 

                                   Que la situación geográfica de Neuquén es privilegiada para la utilización de energías alternativas como fuente energética.-

 

                                   Que el Municipio se ha propuesto plantear políticas activas para promover las prácticas sustentables mediante la aplicación de incentivos para permitir el desarrollo de estas tecnologías, la eficiencia energética y el aprovechamiento de energías renovables por su carácter inagotable y no contaminante, energías limpias en la disminución de las emisiones de CO2 (dióxido de carbono) y otros gases, influirá positivamente en una mejora en la calidad de vida de los ciudadanos.-

 

                                   Que el concepto de desarrollo sustentable se refiere a un proceso que puede mantenerse sin afectar a la generación actual o futura intentando que el mismo sea perdurable en el tiempo sin mermar los recursos actuales.-

 

                                   Que entre los beneficios de estas prácticas se pueden enunciar de tipo ambientales para mejorar la calidad del aire y el agua, reducir los residuos sólidos, conservar los recursos naturales, beneficios económicos con la reducción de costos de funcionamiento y beneficios para la comunidad minimizando la demanda sobre las infraestructuras públicas y menor emisión de gases contaminantes.-

 

                                   Que es posible incorporar en el diseño de los edificios los conceptos de sustentabilidad y ahorro energético, mediante un diseño eficiente combinado con prácticas sustentables, que permitirá reducir costos de operaciones y mantenimiento durante toda la vida útil del edificio, asimismo se podrá disminuir la demanda de infraestructura a través de un eficiente gestión de residuo, aguas pluviales y menor consumo de energía eléctrica, buscando optimizar recursos naturales y sistemas de edificación de tal modo que minimicen el impacto ambiental sobre el medio ambiente y sus habitantes.-

 

                                   Que un desarrollo es innovador a nivel de diseño protector del ambiente cuando revoluciona la producción, el consumo, la recuperación de energía, el mantenimiento y la reutilización, cuando interacciona de manera inteligente con su entorno y la ciudad en su conjunto.-

 

                                   Que los proyectos edilicios deberán considerar dentro del diseño y la construcción sustentable la eficiencia energética, ahorro de agua, materiales y recursos constructivos, calidad del ambiente interior, gestión de residuos, reducción de emisiones por movilidad y espacios verdes.-

 

                                   Que los principios de la arquitectura sustentable incluyen la consideración de las condiciones climáticas, la hidrografía y los ecosistemas del entorno en que se construyen los edificios, la eficacia y moderación en el uso de materiales de construcción primando los de bajo mantenimiento energético, la reducción del consumo de energía para calefacción, refrigeración, iluminación y otros equipamientos, cubriendo el resto de la demanda con fuentes de energía renovables.-

 

                                   Que el Bloque Temático Nº 1 de la Ordenanza Nº 8201, sus modificatorias y complementarias, ya cuenta con incentivos relacionados con la flexibilización del 20% de las normas urbanísticas tradicionales siempre que se garantice la calidad del desarrollo arquitectónico, por englobamiento parcelario correspondiente al 20% del FOT básico de la zona, FOS 1 para edificios de cocheras y para parcelas menores a 200m2 de superficie.-

 

                                   Que el control de calidad urbano arquitectónico será complementario al control cuantitativo que se hace mediante los indicadores urbanísticos tradicionales.-

 

                                   Que de acuerdo a lo estipulado en el Artículo 165º) del Reglamento Interno del Concejo Deliberante, el Despacho Nº 053/2016, emitido por la Comisión Interna de Obras Públicas y Urbanismo fue anunciado en la Sesión Ordinaria Nº 12/2016, el día 07 de julio y aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria Nº 13/2016, celebrada por el Cuerpo el 28 de julio del corriente año.-

 

 

 

                                   Por ello y en virtud a lo establecido por el Artículo 67º), Inciso 1), de la Carta Orgánica Municipal,

 

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE NEUQUEN

SANCIONA LA SIGUIENTE

O R D E N A N Z A

 

ARTICULO 1º) INCORPORESE a la Ordenanza Nº 8201, Bloque Temático Nº 1, Usos y ocupación del suelo, Capítulo II, Título I - NORMAS GENERALES Punto 2.1 NUEVOS INSTRUMENTOS DE PLANEAMIENTO Y GESTIÓN URBANO AMBIENTAL, el Punto 2.1.2.3, el que quedará redactado de la siguiente manera:

 

“2.1.2.3. PARÁMETROS PARA LA UTILIZACION DE ENERGÍAS ALTERNATIVAS Y PARAMETROS DE EFICIENCIA ENERGETICA.

Se adoptarán gradualmente en todas las construcciones y su implementación queda sujeta a la reglamentación y normativa que realice la Comisión Especial, no pudiendo ser aplicada hasta no tener los parámetros y ponderaciones reglamentados por la misma.

En una primera etapa se podrá incentivar el cumplimiento mínimo de dichos parámetros. Estos estímulos deberán ser reglamentados por la misma Comisión. Para ponderar la calidad y eficiencia de cada proyecto, la reglamentación preverá los diferentes coeficientes de impacto y ponderación de la calidad del proyecto. De este análisis surgirá el tipo de estímulo a otorgar, el que podrá ser impositivo o flexibilizando algún aspecto o indicador urbanístico, no siendo acumulables con otro tipo de estímulos o  flexibilizaciones.

En todos los casos deberán predominar los criterios que permitan obtener el mejor producto urbano con los parámetros más adecuados según cada escala de intervención.

Todos los criterios de evaluación y calificación deberán quedar plasmados en la reglamentación elaborada por la Comisión Especial.-

 

Parámetros de Eficiencia Energética a evaluar por la UTGUA parcial ampliada:

 

1-UBICACIÓN:

Se evaluará si el lugar tiene red cloacal, está cerca de la red de transporte público, la edificación se adapta al Plan Urbano Ambiental, evaluar las sombras en relación con el entorno construido y la orientación del lote.-

 

2-ENERGIA:

Uso de energías renovables producidas por el edificio: colectores solares para calentamiento del agua y para energía eléctrica, eficiencia en consumo, aprovechamiento de la iluminación natural, sensores y detectores regulando de manera automática y eficiente las necesidades de iluminación y mejora térmica de cada sector.-

 

3-CALEFACCION Y ENFRIAMIENTO:

Se evaluará la orientación del edificio para ahorrar en calefacción, ventilación del edificio para ahorrar en refrigeración y control inteligente del sistema de climatización.-

 

 

 

 

 

4-ENVOLVENTE EXTERIOR:

Las paredes exteriores y el techo son claves para el ahorro energético, aislación térmica y características de los materiales, compacidad (El nivel de compacidad puede ser definido como la relación entre el espacio utilizable de los edificios, volumen y el espacio ocupado, análisis de producto urbano (MVE).-

 

5-AGUA/CLOACAS:

Se evaluará la medición del consumo de agua, utilización de dispositivos que reducen el consumo (inodoros doble comando, grifos y duchas), sistemas de control de fugas, recolección y reutilización del agua de lluvia, capacidad de almacenamiento del edificio, griferías eficientes para el ahorro en el consumo de agua, riego eficiente por goteo por reutilización del agua.

Para el tratamiento de efluentes, mediante la implementación de tecnologías y procesos mediante recursos que permitan el reúso de efluentes ya tratados o en su defecto si van a red pública colaboren con el proceso en las Plantas de Tratamiento Públicas.-

 

6-MATERIALES:

Se evaluará la utilización de materiales reciclados o regionales.-

 

7-RESIDUOS:

Se evaluará si se cuenta con espacios sectorizados para recolección y separación de residuos.-

 

8-ESPACIOS VERDES:

Se evaluará si posee terrazas absorbentes con especies vegetales que mejoran el desempeño térmico y retardan el tiempo de llegada del agua de lluvia volcada hacia la vía pública.-

 

Aplicación General:

 

Las solicitudes deberán tramitarse por el procedimiento de control de calidad urbano arquitectónico.

Para ser considerado edificio sustentable deberá resolver favorablemente 4 de las 8 variables: la 2 (energía), 4 (envolvente exterior), 5 (agua/cloacas) y 7 (residuos), sujeto a lo que se establezca en la Reglamentación elaborada por la Comisión Especial.-

 

Procedimiento:

 

PASO 1: PREFACTIBILIDAD

El interesado deberá presentar una solicitud de pre-factibilidad con un detalle de las variables a utilizar en el edificio a efectos de analizar el estímulo a otorgar.-

 

PASO 2: FACTIBILIDAD

Otorgada la pre-factibilidad deberá tramitar la factibilidad donde se deberá incorporar ya en planos de arquitectura y memorias respectivas las variables sugeridas y autorizadas.-

 

ARTICULO 2º): FACULTESE al Órgano Ejecutivo Municipal a través del área de competencia, a reglamentar la presente norma dentro del plazo de 120 días de su promulgación.-

 

 

ARTICULO 3º): El Órgano Ejecutivo Municipal deberá conformar una Comisión Especial compuesta por tres (3) integrantes del Órgano Ejecutivo Municipal, tres (3) integrantes del Concejo Deliberante, e invitar como asesores externos a un (1) integrante del Colegio de Arquitectos, un (1) integrante del Colegio de Ingenieros de la ciudad de Neuquén, y un (1) representante de la Universidad Nacional del Comahue. Esta comisión tendrá también la misión de estudiar un proceso de implementación gradual para que la eficiencia energética tenga carácter obligatorio en los edificios de más de mil (1000) m2, a partir de los cinco (5) años de la promulgación de la presente norma.

Una vez terminado el proceso de reglamentación, la misma deberá remitirse al Concejo Deliberante para su aprobación final”.-

 

ARTICULO 4º) COMUNIQUESE AL ORGANO EJECUTIVO MUNICIPAL.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE NEUQUEN; A LOS VEINTIOCHO (28) DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS (Expediente N° OE-1628-M-2016).-

 

ES COPIA:                                                                                 FDO.: SCHLERETH

mv                                                                                                         FUERTES