V I S T O:
La necesidad de asegurar de forma correcta y
efectiva la disposición de medicamentos vencidos y productos farmacéuticos
caducados que se encuentran en manos del ciudadano luego de su uso, así como
también la recuperación de medicamentos domiciliarios no utilizados; y el Expediente Nº
CD-386-B-2016; y,
CONSIDERANDO:
Que la presente problemática se inscribe como
abordaje necesario en el ámbito de la salud pública.-
Que los
medicamentos consisten en toda preparación o producto farmacéutico empleados
para la prevención, diagnóstico y/o tratamiento de una enfermedad o estado
patológico, o para modificar sistemas fisiológicos en beneficio de la persona a
quien se le administran.-
Que una mala
gestión de los mismos puede causar graves daños a la salud humana y al medio
ambiente, especialmente cuando se trata de algunos tipos específicos.-
Que, en este
sentido, se habla tanto de medicamentos vencidos, cuyo límite establecido como
fecha de vencimiento se ha cumplido, como de productos farmacéuticos caducados,
o sea aquellos que han perdido propiedades por alguna causa particular, como sería
el mal almacenamiento o encontrarse en envases en mal estado.-
Que como
están diseñados para que se degraden con lentitud, tienden a permanecer mucho
tiempo en el ambiente y se acumulan en distintas localizaciones en la cadena
trófica de acuerdo a su lipofilicidad e hidrofilicidad.-
Que la manipulación incorrecta de medicamentos
vencidos provoca problemas ambientales.-
Que,
en tal sentido, éstos suelen desecharse
inadecuadamente, como a través de las aguas residuales, por lo que pueden
llegar a los cursos de aguas superficiales que asimilan los efluentes urbanos.
La presencia en el agua de, por ejemplo, antibióticos afecta al óptimo
funcionamiento de procesos biológicos de tratamiento de aguas residuales,
perjudica la vida acuática y mata microorganismos claves para el equilibrio del
ecosistema. A su vez, los principios activos, sus metabolitos o sus productos
de descomposición se bio acumulan en tejidos de seres vivos y expresan efectos
tóxicos y crónicos, tales como efectos estrogénicos, genotóxicos, cancerígenos
y teratogénicos, así como resistencia antibiótica. También puede producirse la
generación de productos tóxicos atmosféricos por combustión incompleta de
residuos. Por otra parte, el desecho de fármacos en
condiciones poco eficientes y sin seguridad, puede conducir a que medicamentos
vencidos o deteriorados tengan por destino manos de personas que viven del cirujeo
o ingresen nuevamente al sistema de comercialización a través del sector
informal.-
Que, en primera instancia, dado que los medicamentos contienen sustancias
químicas, la fecha de vencimiento es una aplicación e interpretación directa de
los estudios de estabilidad de la sustancia química o principio activo
contenido en el medicamento y su interacción con los excipientes que la
acompañan.-
Que tanto
la fecha de vencimiento, como el posible deterioro de un fármaco (cambio de
apariencia o textura, presencia de partículas, entre otros),
no son cuestiones que deban considerarse en forma aislada, sino que ambas están
directamente relacionadas con las condiciones de almacenamiento, exposición a
la luz y/o cambios en la temperatura o humedad ambiental.-
Que las malas condiciones de almacenamiento traen
además como consecuencia relativamente frecuente la modificación en la
biodisponibilidad del medicamento, alterando propiedades de disgregación y
disolución de los comprimidos, por ejemplo.-
Que se trata
de una realidad cotidiana y recurrente que en la mayoría de los hogares existan
medicamentos vencidos, dado que frecuentemente los envases incluyen una
cantidad mayor a la que el médico a menudo prescribe, por lo que una vez
consumido en las cantidades recetadas para superar el motivo que generó la
necesidad de su consumo, sus remanentes pasan a formar parte de los botiquines
o alacenas familiares como stock, con la idea de ser reutilizados en el futuro
frente a una eventual necesidad.-
Que es esencial
por tanto contar con sistemas de manejo de estos residuos que brinden las
garantías necesarias para que no ingresen nuevamente al sistema de
comercialización por medio del sector informal.-
Que es así
como, frente al riesgo real que para la salud y el medio ambiente, podemos
inferir en términos de implicancias que se impone la necesidad, además de
sensibilizar a la población sobre los riesgos potenciales, de diseñar una
estrategia de gestión integral, tanto para los medicamentos vencidos como para
los productos farmacéuticos caducos.-
Que es
necesario, por lo tanto, impulsar una política entre los actores ligados a la
temática que contemple el diseño de una propuesta de recuperación de
medicamentos domiciliarios no utilizados y el manejo de éstos como residuos y
su disposición final.-
Que las Leyes
Nacionales Nº 24.051 (Residuos Peligrosos) y 16.463 (Medicamentos), al excluir
de su articulado a las situaciones domiciliarias, no dan tratamiento adecuado y
completo a la gestión de medicamentos vencidos en poder de particulares.-
Que
Que entonces se hace necesario brindar desde
organismos competentes gestión y asesoramiento seguro sobre los riesgos que
implica para la salud y el medioambiente el consumo de medicamentos en dicho
estado y las prácticas inadecuadas de desecho de medicamentos.-
Que se impone además la necesidad
de diseñar una estrategia de gestión que permita la recuperación de
medicamentos domiciliarios, los que se encuentran ociosos en el hogar, y con
respecto a los vencidos o en mal estado, su manejo como residuos y su
disposición final.-
Que es dable mencionar que
ciudades como Rosario, Victoria, Tucumán,
Que de acuerdo
a lo estipulado en el Artículo 165º) del Reglamento Interno del Concejo
Deliberante, el Despacho Nº 004/2017, emitido por
Por ello y en virtud a lo
establecido por el Artículo 67º), Inciso 1), de
SANCIONA
ARTÍCULO 1º): CRÉASE el
Programa de Gestión de Medicamentos Vencidos y Productos Farmacéuticos
Domiciliarios Caducos, que tiene por objeto proteger la salud y el medio
ambiente.-
ARTICULO 2º): El Órgano
Ejecutivo Municipal deberá realizar las acciones necesarias tendientes a:
-Proveer
a cada farmacia que integre el Programa, y/o centro asistencial de salud
pública, de contenedores sellados que impidan el recupero del producto ya
depositado.
-Generar
una campaña de concientización y sensibilización difundiendo el programa, en la
que se incluyan los perjuicios que trae a la salud y al medio ambiente la
deficiente gestión de los medicamentos vencidos y productos farmacéuticos
caducos, y el beneficio que tiene para la sociedad el correcto manejo de los
mismos, así como también del recupero de medicamentos domiciliarios no
utilizados.
-Garantizar la disposición final de medicamentos vencidos.
-Firmar
los convenios de cooperación que fueren necesarios para el cumplimiento del
programa.-
ARTICULO 3º): El Programa
será gratuito para las farmacias.-
ARTÍCULO
4º): Los
establecimientos asistenciales, médicos, odontológicos, veterinarios,
laboratorios de análisis clínicos o medicinales, farmacias, centros de
investigación, gabinetes de enfermería y toda aquella persona física o jurídica
que genere residuos patogénicos a consecuencia de su actividad no puede hacer
uso de éste servicio.-
ARTÍCULO 5º):
ARTÍCULO 6º): COMUNIQUESE AL ORGANO EJECUTIVO MUNICIPAL.-
DADA EN
ES COPIA
FDO.: SCHLERETH
am
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