ORDENANZA Nº 4660/90.-
V I S T O:
El expediente Nº 5695-S-90; y
CONSIDERANDO:
Que la Sociedad Vecinal de Fomento del Barrio
Villa Florencia, solicita al señor Intendente Municipal, se fije por Ordenanza
el día 07 de Noviembre como fecha aniversario de dicho Barrio y como año de
fundación el año 1.912, todo ello en base al resultado de una larga
investigación realizada por los integrantes de la mencionada Sociedad.-
Que este trabajo les llevó un largo tiempo, lo que
demuestra a las claras, la buena voluntad puesta de manifiesto por las
autoridades de la aludida Sociedad Vecinal en bien de su comunidad.-
Que todos los fundamentos vertidos en su
presentación de fojas 1/3, son dignos de consideración, por lo que este
Honorable Concejo Deliberante, ve con agrado acceder a lo solicitado.-
Que la Comisión Interna de Gobierno, emitió su
Despacho Nº 169, dictaminando acceder a lo peticionado; que este despacho fue
ratificado por UNANIMIDAD en la Sesión Ordinaria Nº 17 celebrada por el Cuerpo
con fecha 12 de Octubre del corriente año.-
Por ello y lo establecido en el Artículo 129
inciso a) de la Ley Pcial. Nº 53 Orgánica de Municipalidades,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE NEUQUEN
Sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º) FIJASE como fecha Aniversario del Barrio Villa
Florencia el día 07 de Noviembre, de acuerdo a los antecedentes aportado por la
Sociedad Vecinal de Fomento del mencionado Barrio.-
ARTICULO 2º) ESTABLÉCESE como año de fundación del mismo
el año 1.912.-
ARTICULO 3º) ENVÍESE copia de la presente al señor Presidente
de la Sociedad Vecinal de Fomento, señor JUAN CARLOS GALAZ.-
ARTICULO 4º) COMUNÍQUESE al Departamento Ejecutivo.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE NEUQUEN, A LOS DOCE (12) DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE
MIL NOVECIENTOS NOVENTA (Expte. 5695-S-90).- - - - - - - - - - - - - - - - - -
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ES COPIA FIEL.-
FDO.: PESINEY