ORDENANZA Nº 4660/90.-

 

V I S T O:

El expediente Nº 5695-S-90; y

 

CONSIDERANDO:

Que la Sociedad Vecinal de Fomento del Barrio Villa Florencia, solicita al señor Intendente Municipal, se fije por Ordenanza el día 07 de Noviembre como fecha aniversario de dicho Barrio y como año de fundación el año 1.912, todo ello en base al resultado de una larga investigación realizada por los integrantes de la mencionada Sociedad.-

 

Que este trabajo les llevó un largo tiempo, lo que demuestra a las claras, la buena voluntad puesta de manifiesto por las autoridades de la aludida Sociedad Vecinal en bien de su comunidad.-

 

Que todos los fundamentos vertidos en su presentación de fojas 1/3, son dignos de consideración, por lo que este Honorable Concejo Deliberante, ve con agrado acceder a lo solicitado.-

 

Que la Comisión Interna de Gobierno, emitió su Despacho Nº 169, dictaminando acceder a lo peticionado; que este despacho fue ratificado por UNANIMIDAD en la Sesión Ordinaria Nº 17 celebrada por el Cuerpo con fecha 12 de Octubre del corriente año.-

 

Por ello y lo establecido en el Artículo 129 inciso a) de la Ley Pcial. Nº 53 Orgánica de Municipalidades,

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE NEUQUEN

Sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

 

 

ARTICULO 1º) FIJASE como fecha Aniversario del Barrio Villa Florencia el día 07 de Noviembre, de acuerdo a los antecedentes aportado por la Sociedad Vecinal de Fomento del mencionado Barrio.-

 

ARTICULO 2º) ESTABLÉCESE como año de fundación del mismo el  año 1.912.-

 

ARTICULO 3º) ENVÍESE copia de la presente al señor Presidente de la Sociedad Vecinal de Fomento, señor JUAN CARLOS GALAZ.-

 

ARTICULO 4º) COMUNÍQUESE al Departamento Ejecutivo.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE NEUQUEN, A LOS DOCE (12) DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA (Expte. 5695-S-90).- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

 

ES COPIA FIEL.-

FDO.: PESINEY

ALVAREZ