ORDENANZA
Nº 7244.-
V I S T O:
El Expediente Nº SOC-5202-C-95 y
adjuntos Nº SOC-817-C-95, Nº
SOC-724-S-95, Nº SOC-1882-S-94, que tramita la ejecución de la Obra de Red Cloacal
Secundaria del Barrio Villa Farrell - Sector IV -, por el Sistema de Contratación
Directa entre Empresa y Vecinos que promueve la Ordenanza Nº 5612; y
CONSIDERANDO:
Que por Ordenanza Nº 6694 se
declaró la Obra
de Utilidad Pública y Pago Obligatorio a favor de la Empresa Serpat S.R.L..-
Que una vez notificada la Empresa de la vigencia de la Declaración efectuada,
comenzó el Plazo Contractual, debiendo en consecuencia dar inicio a los
trabajos.-
Que vencido el Plazo de
iniciación de la Obra,
la Comisión Vecinal
y la Empresa
solicitan la caducidad de los derechos y obligaciones emergentes de la
aplicación de la Ordenanza
Nº 6694.-
Que la Comisión Vecinal
fundamenta la decisión de rescindir el Contrato con la Empresa Separt
S.R.L., en función de los atrasos injustificados incurridos por dicha Empresa.-
Que la Empresa fundamenta su
decisión de renunciar a la Obra,
en razón de no encontrarse en condiciones económicas para solventar los
trabajos debidamente.-
Que la Comisión Vecinal
solicita cesión de los derechos de ejecución a favor
de la Empresa
PENTAK-BONFORTE-UTE, en razón de resultar una Oferta más
conveniente a los intereses de los vecinos.-
Que la Empresa PENTAK-BONFORTE-UTE,
presentó la documentación necesaria para considerar la Declaración de
Utilidad Pública a favor de esta dando
cumplimiento a todo lo requerido por la Ordenanza Nº 5612.-
Que de acuerdo a las expresiones
emitidas textualmente por la Comisión Vecinal y la Empresa Serpat
S.R.L., se resuelve el Contrato sin que las partes tengan razón para efectuar
reclamos de ningún tipo.-
Que el Artículo 18º) de la Ordenanza Nº 5612 dispone que
corresponde al Honorable Concejo Deliberante Declarar de Utilidad Pública.-
Que corresponde al Honorable
Concejo Deliberante desafectar y/o modificar lo determinado por Ordenanza Nº
6694.-
Que la Comisión Interna
de Planificación y Control de Gestión emitió su Despacho Nº 283/95 dictaminando
aprobar el proyecto de Ordenanza que luce a fojas 368/369; despacho este que
fue ratificado por UNANIMIDAD en la Sesión Ordinaria Nº 34/95 celebrada por el Cuerpo
el 27 de Octubre de 1995.-
Por ello, y en virtud a lo
establecido en el Artículo 67 inciso 1) de la Carta Orgánica
Municipal.-
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE NEUQUEN
Sanciona la siguiente
O
R D E N A N Z A
ARTICULO
1º): DEJASE sin efecto, la Utilidad Pública
y Pago Obligatorio que declara la Ordenanza Nº 6694, con todos sus alcances y
particularidades.-
ARTICULO
2º): DECLARASE de Utilidad Pública
y Pago Obligatorio a la Obra:
Red Cloacal Secundaria Barrio Villa Farrell-Sector IV -, a favor de la Empresa PENTAK
CONSTRUCCIONES S.R.L., - Ing. DOMINGO E. BONFORTE - UTE.-
ARTICULO
3º): Zona Beneficiada: Se
considera así y como tal sujetos al Pago a los vecinos comprendidos en la Obra denominada en el
Artículo 2º), y cuyos inmuebles tengan frente a las siguientes arterias:-
-Alderete (vereda Sur) entre Río Atuel y el límite
Oeste del lote 5 de la manzana C1.-
-Colombia (ambas veredas) entre Río Diamante y Río
Quinto.-
-Juan XXIII (ambas veredas) entre Rió Diamante y
Río Quinto
-Río Atuel (ambas veredas) entre Alderete y Juan
XXIII.-
-Río Quinto (ambas veredas) entre Alderete y Juan
XXIII.-
-E. Navarro (ambas veredas) entre Río Atuel y Río
Quinto.-
ARTICULO
4º): Monto Global Distribuible:
Correspondiente a la Obra
denominada en el Artículo 2º) asciende a la suma de $ 80.040,81 (PESOS OCHENTA
MIL CUARENTA CON 81/100).-
ARTICULO
5º): Método de Liquidación, Forma
de Pago, Vencimientos: Correspondiente a la obra denominada en el Art. 2º);
serán los que fijas y establecen los Contratos Individuales suscriptos entre
los Vecinos beneficiarios y la Empresa Pentak Construcciones S.R.L.-Ing. Domingo
E. Benforte-UTE.-
ARTICULO
6º): COMUNIQUESE AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO.-
DADA
EN LA SALA DE
SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE NEUQUEN, A LOS
VEINTISIETE (27) DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO.
(Expte Nº SOC-5202-C-95 y adjuntos SOC-817-C-95, SOC-724-S-95, SOC-1882-S-94).-
ES
COPIA
JAQ.- FDO. SIG
BRISSIO.-