ORDENANZA Nº 8067.-

 

V I S T O:

                                   La necesidad de preservar el edificio denominado "CASA DE GOBIERNO" localizado en el predio determinado por las calles Rioja, Santiago del Estero, Presidente Julio Argentino Roca y Belgrano, Nomenclatura Catastral Nº 09-20-66-5531, Manzana 39, Lote 55 A, de la ciudad de Neuquén; y                         

                       

CONSIDERANDO:

                                   Que el mencionado edificio reviste características históricas y tipologías destacadas dentro del ejido urbano del Municipio de la ciudad de Neuquén.-

 

                                   Que este conjunto edilicio es uno de los primeros edificios en la ciudad de Neuquén comenzaron las obras en el año 1916, se construyó hasta el año 1937, ocupó la sede del Gobierno Provincial el edificio en el año 1929. A partir del año 1938 compartieron el edificio la sede de Gobierno y la Jefatura de Policía.-

 

                                   Que este edificio entre calles Presidente Roca y Rioja, actualmente esta ocupado por oficinas de carácter administrativo, legales, técnicas y otras pertenecientes al Gobierno Provincial.-

 

                                   Que la Sala de Gobernadores ubicada en este edificio es un ámbito histórico, por los acontecimientos allí acaecidos de orden Provincial como de orden Nacional, habiendo funcionado de "Puertas Abiertas" a la Comunidad toda, en los acontecimientos de orden Nacional. Esta sala tiene un rol protagónico, para la comunidad toda, revistiendo un gran peso histórico.-

 

                                   Que el edificio que nos ocupa tiene más de 50 años, elemento de importancia para su declaración de carácter histórico.-

 

                                   Que es necesario preservar los edificios que constituyen la historia edilicia y cultural de nuestra Provincia.-

 

                                   Que es necesario preservar de la destrucción nuestro pasado histórico.-

 

                                   Que el patrimonio histórico - cultural pertenece al pueblo donde se encuentra y que esta generación es la encargada de iniciar su defensa, defensa que los representantes del pueblo acompañarán.-

 

                                   Que la Comisión Interna de Acción Social, emitió su Despacho Nº 007/98; dictaminando aprobar el proyecto de ordenanza que luce a fojas 2/3 del presente expediente; que este despacho fue tratado y aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria Nº 02/97; celebrada por el Cuerpo el 20 de febrero del corriente año.-

 

                        Por ello y en virtud a lo establecido en el Artículo 67º, inciso 1) de la Carta Orgánica Municipal;

 

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE NEUQUEN

Sanciona la Siguiente

O R D E N A N Z A

 

ARTICULO 1º): DECLARASE  edificio  de interés  histórico  municipal  a partir  de la -promulgación de la presente, el edificio identificado bajo el nombre de CASA DE GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEL NEUQUEN, sito en calle Rioja, Santiago del Estero, Presidente Julio Argentino Roca y Manuel Belgrano, identificado con los datos Catastrales 09-20-66-5531, Manzana 39, Lote 55 A, cuya superficie es de 3.157,19 m2.-

 

ARTICULO 2º): COMUNIQUESE AL ORGANO EJECUTIVO MUNICIPAL.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE NEUQUEN; A LOS VEINTE (20) DIAS DEL MES DE FEBRERO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO. (Expediente Nº SEO 9112-M-97).-

 

ES COPIA:

scrz.-                                 FDO: ORTIZ

                                            GAITAN.-