ORDENANZA
Nº 8067.-
V
I S T O:
La
necesidad de preservar el edificio denominado "CASA DE GOBIERNO"
localizado en el predio determinado por las calles Rioja, Santiago del Estero,
Presidente Julio Argentino Roca y Belgrano, Nomenclatura Catastral Nº
09-20-66-5531, Manzana 39, Lote 55 A, de la ciudad de Neuquén; y
CONSIDERANDO:
Que
el mencionado edificio reviste características históricas y tipologías
destacadas dentro del ejido urbano del Municipio de la ciudad de Neuquén.-
Que
este conjunto edilicio es uno de los primeros edificios en la ciudad de Neuquén
comenzaron las obras en el año 1916, se construyó hasta el año 1937, ocupó la
sede del Gobierno Provincial el edificio en el año 1929. A partir del año 1938
compartieron el edificio la sede de Gobierno y la Jefatura de Policía.-
Que
este edificio entre calles Presidente Roca y Rioja, actualmente esta ocupado
por oficinas de carácter administrativo, legales, técnicas y otras
pertenecientes al Gobierno Provincial.-
Que
la Sala de Gobernadores ubicada en este edificio es un ámbito histórico, por
los acontecimientos allí acaecidos de orden Provincial como de orden Nacional,
habiendo funcionado de "Puertas Abiertas" a la Comunidad toda, en los
acontecimientos de orden Nacional. Esta sala tiene un rol protagónico, para la
comunidad toda, revistiendo un gran peso histórico.-
Que
el edificio que nos ocupa tiene más de 50 años, elemento de importancia para su
declaración de carácter histórico.-
Que
es necesario preservar los edificios que constituyen la historia edilicia y
cultural de nuestra Provincia.-
Que
es necesario preservar de la destrucción nuestro pasado histórico.-
Que
el patrimonio histórico - cultural pertenece al pueblo donde se encuentra y que
esta generación es la encargada de iniciar su defensa, defensa que los
representantes del pueblo acompañarán.-
Que
la Comisión Interna de Acción Social, emitió su Despacho Nº 007/98;
dictaminando aprobar el proyecto de ordenanza que luce a fojas 2/3 del presente
expediente; que este despacho fue tratado y aprobado por unanimidad en la
Sesión Ordinaria Nº 02/97; celebrada por el Cuerpo el 20 de febrero del
corriente año.-
Por
ello y en virtud a lo establecido en el Artículo 67º, inciso 1) de la Carta
Orgánica Municipal;
EL
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE NEUQUEN
Sanciona
la Siguiente
O
R D E N A N Z A
ARTICULO
1º): DECLARASE edificio de interés
histórico municipal a partir
de la -promulgación de la presente, el edificio identificado bajo el
nombre de CASA DE GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEL NEUQUEN, sito en calle Rioja,
Santiago del Estero, Presidente Julio Argentino Roca y Manuel Belgrano,
identificado con los datos Catastrales 09-20-66-5531, Manzana 39, Lote 55 A,
cuya superficie es de 3.157,19 m2.-
ARTICULO
2º): COMUNIQUESE AL ORGANO EJECUTIVO
MUNICIPAL.-
DADA
EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE NEUQUEN; A LOS
VEINTE (20) DIAS DEL MES DE FEBRERO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO.
(Expediente Nº SEO 9112-M-97).-