ORDENANZA Nº 8535.-
V I S T O:
La Carta Orgánica Municipal, Título IV,
Capítulo I, (Artículos 97º a 100º); y
CONSIDERANDO:
Que la Carta Orgánica
Municipal, en su Título IV, “Organos de Control
Municipal”, Capítulo I, Artículos 97º a 100º - crea la Defensoría del Pueblo,
que actuará con plena autonomía funcional, en la defensa y protección de los
derechos, garantías e intereses, concretos y difusos, de los individuos y de la comunidad, tutelados por la Constitución Nacional,
la
Constitución Provincial y por la Carta Orgánica Municipal, ante hechos, actos u omisiones
sobre los que recaiga competencia municipal.-
Que el
Artículo 98º de la Carta
fundacional establece como requisito, el llamado a Concurso Público y Abierto
de Postulantes, en función de antecedentes, méritos y calidades morales y
cívicas.-
Que la Ordenanza Nº 8316/98
sancionada el 02 de octubre de 1998, reglamenta la organización, funciones,
deberes, atribuciones, procedimientos y situación institucional del Defensor
del Pueblo.-
Que el
Artículo 2º de la
Ordenanza Nº 8316/98, establece el procedimiento para la
designación del funcionario a cubrir dicho cargo, mediante propuesta de una
Comisión Especial nombrada por el Concejo Deliberante.-
Que mediante la Resolución Nº 117/98,
de fecha 6 de noviembre de 1998, se designaron los integrantes de la referida
Comisión Especial, y por Resolución Nº 124/98 de fecha 20 de noviembre de 1998
se procedió al llamado a Concurso.-
Que la Comisión Especial
mediante Expediente Nº 056-C-99 estableció la metodología de trabajo y criterio
de selección a seguir para la designación del funcionario en cuestión.-
Que por
Despacho Nº 001/99 de la
Comisión Especial, se elevó a consideración del Cuerpo la
propuesta formulada mediante Acta Nº 5, integrada por los siguientes
postulantes por orden alfabético: ARCE JULIO; MAISONNAVE ALFREDO; y TIRACHINI
BLANCA.-
Que en la Sesión Ordinaria
Nº14/99, celebrada el 21 de mayo del corriente año, al darse tratamiento al
referido Despacho, se declara secreta la Sesión; se selecciona de la terna propuesta -con
la mayoría impuesta en el Artículo 98º de la Carta Orgánica
Municipal- a la señora Blanca Clotilde Tirachini como
Defensora del Pueblo, siendo posteriormente aprobada por unanimidad la presente
Ordenanza.-
Por
ello y en virtud a lo establecido en el Artículo 67º, inciso 1) de la Carta Orgánica
Municipal;
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE NEUQUEN
Sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º): DESIGNASE
“DEFENSOR DEL PUEBLO DE LA
CIUDAD DE NEUQUEN” de conformidad con lo
dispuesto por el Artículo Nº 98) de la Carta Orgánica
Municipal, a la señora BLANCA CLOTILDE TIRACHINI, DNI. Nº
10.660.306, domiciliada en Alte. Brown Nº 172.-
ARTICULO 2º): Por Presidencia se procederá a notificar la
designación efectuada en el Artículo 1º
de la presente Ordenanza.-
ARTICULO 3º): ESTABLECESE, de conformidad con lo dispuesto por el
Artículo 32º) de la
Ordenanza Nº 8316/98, el día 18 de junio de 1999 como fecha
para la asunción del Defensor del Pueblo.-
ARTÍCULO 4º): COMUNIQUESE AL ORGANO
EJECUTIVO MUNICIPAL.-
DADA
EN LA SALA DE
SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE NEUQUEN; A LOS VEINTIUN (21) DIAS DEL
MES DE MAYO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE. (Expediente Nº CD 056-C-99).-
ES COPIA:
Scrz.-
FDO: FUENTES
GAITAN.-