Se reunió la comisión de Hacienda

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Concejales de la comisión de Hacienda avalaron la modificación del artículo 112 de la ordenanza 12915 relacionada con los contribuyentes alcanzados por el beneficio de la exención prevista en el Código Tributario.

El inciso f) de dicho código establece a partir de ahora que la valuación fiscal máxima de rodados para acogerse a los beneficios mencionados será de hasta 300.000 pesos.

Para el caso de los rodados que fueran adquiridos bajo el régimen de la legislación nacional de esta materia, la citada valuación máxima opera solamente por el ejercicio de incorporación, no en los sucesivos mientras se mantenga la titularidad de posesión del mismo.

El Código Tributario Municipal vigente establecía la exención del impuesto de patente de rodados para vehículos de uso exclusivo de personas discapacitadas cuyas valuaciones máximas debe fijar la Ordenanza Tarifaria Anual, en este caso 150.000 pesos. Este límite había quedado desfasado por la modificación de los precios de los vehículos más pequeños de cada marca y por eso se realizó el cambio mencionado.

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