Se reunió la comisión de Legislación general

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Los concejales que integran la comisión de Legislación General emitieron despacho de un proyecto presentado por el bloque NCN que modifica el art. 1 de la ordenanza Nº 9594 y amplía la obligatoriedad de aprobar el “Curso de Manipuladores de Alimentos” a todas las personas que realizan actividades que tengan contacto directo con comestibles.

Las actividades incluyen preparación, fabricación, transformación, elaboración, envasado, almacenamiento, transporte, distribución, venta y/o suministro de alimentos dentro del ejido de la Municipalidad de Neuquén.

La letra además establece que “será obligatoria la realización de todo otro curso o capacitación gratuita que el Ejecutivo Municipal considere necesario, para instruir a los manipuladores sobre buenas prácticas higiénicas y sobre la prevención del desarrollo de Enfermedades Transmitidas por Alimentos (ETA).”

Además, la comisión emitió despacho de un proyecto de ordenanza que establece la obligatoriedad de instalar en espacios públicos o privados el uso de Desfibriladores Externos Automáticos (DEA), instrumento apto para que cualquier persona que carezca de conocimiento de reanimación cardiopulmonar, pueda asistir a otra que esté sufriendo un paro cardíaco.

De aprobarse este proyecto los sitios donde sería obligatorio contar con desfibriladores externos automáticos son: Las terminales de transporte público, los centros comerciales cuya superficie edificada sea superior a 1.000 metros cuadrados, los clubes deportivos con capacidad para más de 500 personas o circulación de 1.000 personas por día, las salas de conferencias, eventos o exposiciones con concentración de más de 500 personas o circulación de 1.000 personas por día, las sedes de instituciones dedicadas a la enseñanza, o actividades sociales o culturales y edificios públicos o privados con capacidad superior a 500 personas, hoteles, barrios privados, sitios de juego de azar, bingos, casinos, lugares de alto riesgo, parque de diversiones y bancos.

Las personas físicas o jurídicas responsables de los espacios también deberían tener a su cargo personal capacitado y acreditado por autoridad competente en el manejo y uso de los Desfibriladores.

El proyecto, presentado por el concejal Pablo Bongiovani (MPN) por último indica que la autoridad de aplicación será la Secretaria de Coordinación o la que en el futuro la reemplace.

Por último obtuvo despacho el proyecto de ordenanza impulsado por el bloque CC-ARI que establece la obligatoriedad de tener cartas menús en braille y macrotipo para personas no videntes en bares, cantinas, cafeterías, confiterías, restaurantes, parrillas y confiterías bailables.

Los locales habilitados deberán colocar un ejemplar de la carta menú, en tipología braille y uno en macrotipo, debiendo reflejar exactamente lo mismo que la carta de menú ordinario, excepto el denominado “menú del día”.

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