Concurso Público: Secretario Nº 2 del Juzgado Municipal de Faltas Nº1

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El Concejo Deliberante de la ciudad de Neuquén llama a Concurso Público de Méritos y Antecedentes para cubrir el cargo de Secretario Nº 2 del Juzgado Municipal de Faltas Nº1 de la Ciudad de Neuquén.

Requisitos:

– Los previstos en el Art. 95º de la Carta Orgánica Municipal y Art. 4º, apartado II), inc. a), de la Resolución 229/00.
– Título Nacional de Abogado.
– Ciudadanía argentina.
– Tener como mínimo veinticinco (25) años de edad.
– Mínimo dos (2) años de ejercicio efectivo de la profesión o desempeño de cargo judicial.
– Residencia continua e inmediata anterior de dos (2) años en la ciudad de Neuquén.
– No estar incluido en el Registro Provincial de Deudores Alimentarios (Ord. 11743).

Duración de la función: Seis (6) años a partir de la asunción en el cargo (art. 92º C.O.M.).

Información: Los interesados podrán requerir información en la sede del Concejo Deliberante – Mesa General de Entradas – en horario administrativo, de 08:00 a 13:00 hs., hasta el día del vencimiento del plazo de inscripción.

Plazo de inscripción: 09 de Octubre al 21 de octubre de 2014 inclusive, en la sede del Concejo Deliberante, sita en la calle Leloir 370 de la ciudad de Neuquén.

Incompatibilidades: Las establecidas en el artículo 56º, 57º, 80º y 93º de la Carta Orgánica Municipal. Dedicación exclusiva solo compatible con la docencia.

Remuneración: La prevista en el Art. 2º del Anexo II de la Ordenanza 11.381.

Comisión Evaluadora: Comisión Interna de Legislación General, Poderes, Peticiones, Reglamento y Recursos Humanos.

Período para las entrevistas: 03 de noviembre al 07 de noviembre de 2014 inclusive.

Documentación requerida: Los postulantes deberán expresar su voluntad de participar en el concurso a través de una nota dirigida a la Presidencia del Concejo, especificando los siguientes datos y acompañando la siguiente documentación:

– Clase de concurso y cargo.
– Antecedentes con sus respectivas constancias.
– Documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos establecidos por la Carta Orgánica Municipal.
– Compromiso de cesar en cualquier situación de incompatibilidad con el cargo.
– Constitución de un domicilio especial.

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