Aprobaron nueva ordenanza para comisiones vecinales

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El Concejo Deliberante de Neuquén, luego de un cuarto intermedio, retomó el viernes la sesión Nº 18 y sancionó la ordenanza que regulará el funcionamiento de las comisiones vecinales.

La nueva norma deroga las anteriores (Nº 516, 3644, 5350, 5757, 8178, 8910, 11794, 11837 y el Artículo 5º de la Ordenanza Nº 12403) y establece que para la constitución de una sociedad vecinal se necesitará un mínimo del cincuenta por ciento (50%) del padrón electoral correspondiente al barrio.

Además, la ordenanza establece que las vecinales estarán integradas por quienes residan en el barrio y cuyo domicilio registrado en el Documento Nacional de Identidad corresponda a la jurisdicción de la Sociedad Vecinal, condiciones que deberán reunirse para emitir el sufragio.

Así, el registro vecinal se conformará por los vecinos que residan en el barrio, cuando: Estén registrados en el padrón provincial o hayan solicitado su inscripción en el registro vecinal ante la autoridad de aplicación. En cualquiera de los casos, deberán tener registrado en el Documento Nacional de Identidad el domicilio correspondiente a la jurisdicción de la sociedad vecinal.

Elecciones

La Autoridad de Aplicación convocará a elecciones en un plazo de 90 (noventa) días corridos antes de la finalización de los mandatos, constituyendo una Junta Electoral integrada por dos representantes del Órgano Ejecutivo Municipal, a cargo la presidencia del cuerpo y un concejal de cada bloque político del Concejo Deliberante.

Desde la convocatoria y hasta cincuenta 50 (cincuenta) días corridos antes del acto eleccionario, se deberán presentar las listas avaladas como mínimo por el 5% del padrón electoral de cada jurisdicción.

La Municipalidad de Neuquén también estará a cargo de la confección, impresión y demás actividades relacionadas con las boletas y padrones. La Junta Electoral fijará día y hora en que entregará a los apoderados de las listas las boletas impresas.

Para que el acto electoral tenga validez deberá haber votado el 5% (cinco por ciento) como mínimo del padrón electoral. En caso de no alcanzarse ese porcentaje, el Órgano Ejecutivo Municipal convocará a una nueva elección.

La Comisión Directiva

Toda comisión estará compuesta por 9 miembros titulares. Cada lista deberá oficializar la Comisión Directiva con candidatos a Presidente, Vicepresidente, Secretario, Tesorero y 5 (cinco) vocales titulares y 5 (cinco) vocales suplentes.

Los miembros de la Comisión Directiva serán elegidos por el sistema de mayoría y minoría. La lista que resultara ganadora tendrá la representación de dos tercios, mientras que la lista que alcanzara el segundo lugar con el veinte por ciento (20%) de los votos quedará representada en el tercio restante. En caso de no superar el veinte por ciento (20%), la lista ganadora cubrirá todos los cargos.

Para ser candidato a integrar la Comisión Directiva se requiere: Ser socio activo de la respectiva Sociedad Vecinal, Ser mayor de 18 (dieciocho) años, acreditar una antigüedad de un (1) año de inscripción en el Registro Vecinal de la Jurisdicción. No podrán ser candidatos: Los fallidos y concursados, culpables o fraudulentos, los que tengan condena penal pendiente de ejecución, los inhabilitados para ejercer cargos públicos ni los infractores a la Ley Electoral, deudores con el municipio, los deudores de cuota alimentaria, los apoderados de lista ni los integrantes de la Junta Electoral.

Respecto a los capital para el funcionamiento, el Presupuesto Municipal incluirá una partida de fondos destinada a una contribución trimestral para las Sociedades Vecinales, equivalente a 850 módulos para cada una de las Sociedades Vecinales reconocidas.

La ordenanza fue realizada con participación de los integrantes de la comisión de Acción social, funcionarios municipales y vecinos de la ciudad.

El presidente del Concejo Deliberante, Gastón Contardi, destacó que “la nueva ordenanza dotará de mayor legitimidad a las autoridades vecinales porque habilita a votar a todos los vecinos domiciliados en el barrio que cumplan con la edad y requisitos”.

Bolsas de papel reciclable

También en el recinto fue aprobada la ordenanza, impulsada por la concejal Teresa Rioseco, que establece la entrega de bolsas de papel reciclable en hipermercados, supermercados, comercios minoristas y mayoristas en el ámbito de la ciudad. Los titulares de esos comercios deberán sustituir las bolsas plásticas por bolsas de papel. El máximo continuará siendo de 3 unidades por ticket entregado.

Serán exceptuados los rubros carnicerías, fiambrerías, rotiserías, pescaderías, verdulerías y/o fábrica de pastas, que deberán proveer bolsas plásticas transparentes, a fin de evitar la contaminación entre ellos.

Además, el Código Contravencional establecerá sanciones de 100 a 2000 módulos para el titular de la licencia comercial o responsables de hipermercados, supermercados, comercios mayoristas y minoristas que entreguen bolsas que no sean de papel reciclable.

En relación al proyecto sancionado, el titular del Concejo Deliberante, Gastón Contardi, dijo que “la propuesta es acompañada por el gobierno de la ciudad porque basta ir a las bardas o a los cursos de agua para ver el flagelo que son las bolsas plásticas, así que ojalá que con la reducción de bolsas y la toma de conciencia de la gente la ciudad esté cada día más limpia”,

Programa Prevenir

Por último los ediles aprobaron el proyecto de ordenanza para que se implemente en la ciudad el programa nacional de prevención y control de las intoxicaciones “Prevenir”, en lucha contra la drogadicción.

El concejal Francisco Baggio dijo en el recinto que el bloque de UNE trabajó con la Secretaría municipal de Desarrollo Humano para acordar ese proyecto y explicó que la Nación enviará fondos para capacitar a talleristas en la detección temprana. “En la ciudad ya se iniciaron trabajos de este tipo con resultados positivos y es lo mejor que los tres estamentos: ciudad, provincia y nación trabajen coordinados para la prevención de esta problemática”, expresó Baggio.

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